El teletrabajo ha llegado para quedarse
Ya no es una opción sino una necesidad en el nuevo mercado laboral, por lo que cada vez más empresas han decidido optar por esta modalidad de trabajo.
Esto ofrece ciertas comodidades para los trabajadores como:
- Conciliación con la vida personal
- Flexibilidad de horario laboral
- Autonomía y poder de decisión
Y es que cada vez es más común trabajar en remoto o desde un coworking mientras que otra parte de la empresa se encuentra en otra localidad, o incluso, un país diferente.
En este nuevo contexto, el 13 de octubre entraba en vigor el Real Decreto Ley que regulará el trabajo a distancia, cuyo protagonismo se ha revelado esencial durante la crisis económica y social provocada por la pandemia de la Covid 19.
¿Qué se considera teletrabajo?
El trabajo remoto o a distancia comporta que al menos el 30% de la jornada laboral se realice fuera del centro laboral, en un periodo de referencia de tres meses. En la práctica, quedan fuera los teletrabajadores esporádicos y aquellos que trabajan desde casa un día a la semana.
Si quieres estar al día de todas las novedades de la nueva ley, contamos con el curso:
Guía del teletrabajo. Ley 28/2020 en modalidad teleformación de 40h de duración que está dividido en 6 temas donde se abordan aspectos fundamentales como las competencias y herramientas digitales, prevención de riesgos laborales o la gestión del tiempo.
En él también se incluyen documentos oficiales como:
- Modelo de acuerdo de trabajo a distancia. (Las empresas podrán ser sancionadas con multas de 626€ a 6250€ por no formalizar el acuerdo de trabajo a distancia en los términos de la ley).
- Lista de autocomprobación.
La formación podrá ser gratuita para trabajadores en activo o en ERTE. Contamos también con descuentos para trabajadores.
Más información
- En el correo electrónico: info@aselpconsultores.com
- Nuestro whatsapp: 677 56 89 63
- O en el teléfono 986 09 09 93
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